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El cambio de SAT que podría cobrar impuesto por transferencias bancarias en Guatemala

El cambio de SAT que podría cobrar impuesto por transferencias bancarias en Guatemala


Unificación del CUI y el NIT: ¿Nuevas medidas fiscales o confusión entre los contribuyentes?

En los últimos días, la unificación del CUI (Código Único de Identificación) y el NIT (Número de Identificación Tributaria) ha generado un intenso debate en Guatemala. Usuarios en redes sociales han manifestado su preocupación sobre la posibilidad de que esta medida derive en nuevas restricciones financieras y la imposición de impuestos sobre las transferencias bancarias.

Pero, ¿es cierto que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) aplicará nuevos tributos a los movimientos bancarios de los ciudadanos?

¿La SAT cobrará impuesto por transferencias bancarias en Guatemala

Desde el 17 de marzo de 2025, la SAT estableció la unificación del CUI y el NIT con el objetivo de estandarizar la identificación de los contribuyentes en transacciones financieras, administrativas, notariales y judiciales.

Por otro lado, el Decreto 31-2024 introduce cambios clave a partir del 9 de abril de 2025, entre ellos:

  • Nuevos regímenes para pequeños contribuyentes.
  • Implementación de geolocalización fiscal.
  • Inscripción obligatoria en el Registro Tributario Unificado (RTU).
  • Regulación de distintos regímenes tributarios.

Estas modificaciones han generado dudas y especulaciones sobre posibles impuestos a las transacciones bancarias.

En redes sociales han circulado rumores que afirman que cualquier movimiento bancario, incluidas las transferencias entre cuentas personales, pagos de tarjetas de crédito o transacciones comerciales, estarían sujetos a un nuevo tributo. Sin embargo, la SAT ha salido al paso de estas afirmaciones, asegurando que la medida no introduce nuevos impuestos.

Según Erick Echeverría, Intendente de Recaudación de la SAT, la unificación del CUI y el NIT simplemente facilita la identificación de los contribuyentes y mejora la eficiencia de los sistemas tributarios. “No significa que cada transacción estará gravada con un impuesto. La fiscalización seguirá dependiendo del origen de los fondos y de la actividad económica de cada ciudadano”, aseguró.

En Guatemala, los impuestos sobre movimientos bancarios se aplican solo a los ingresos provenientes de actividades lucrativas o generadoras de renta gravada. La SAT utiliza el Registro Tributario Unificado (RTU) para determinar las obligaciones fiscales de cada contribuyente.

Por lo tanto, operaciones como:

  • Transferencias entre cuentas personales.
  • Pagos de tarjetas de crédito.
  • Depósitos o envíos de dinero a familiares.

No generarán impuestos automáticamente, a menos que provengan de actividades sujetas a tributación.

Las autoridades han explicado que el principal objetivo de la unificación es simplificar los trámites administrativos y mejorar la interconectividad con otras instituciones gubernamentales.

La implementación del CUI como identificador único sigue una tendencia global de modernización del sistema tributario, similar a la integración de documentos personales como el pasaporte y la licencia de conducir.

El Decreto 31-2024 establece el uso obligatorio del CUI/NIT en transacciones civiles, mercantiles y financieras. No obstante, esto no implica cambios en las condiciones de operación de las cuentas bancarias.

El principal ajuste será el uso del NIT como identificador de los clientes en los sistemas de los bancos, facilitando la transparencia financiera y garantizando el cumplimiento de normativas existentes.

Las reformas impulsadas por la SAT forman parte de un esfuerzo mayor para mejorar la eficiencia del sistema tributario y avanzar hacia un modelo de gobierno electrónico.

Países como Estonia han implementado exitosamente este modelo, digitalizando procesos administrativos y facilitando la gestión tributaria en línea. En Guatemala, entidades como Fundesa y Guatemala No Se Detiene han promovido iniciativas para la modernización digital.

La unificación del CUI y el NIT no impone nuevos impuestos ni modifica la manera en que operan las cuentas bancarias en Guatemala.

Si bien la medida mejorará la identificación de los contribuyentes y optimizará los procesos fiscales, la fiscalización de transacciones seguirá dependiendo del origen de los fondos y de las actividades económicas declaradas por cada persona.

Los guatemaltecos pueden continuar utilizando sus cuentas bancarias con normalidad, sin temor a que cada transacción genere una carga tributaria adicional.

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