
Solicitud de NIT en línea: pasos, costo y requisitos del trámite
Lo esencial:
- La solicitud de NIT en línea se hace en el Portal SAT, en Consulta NIT → Solicitud Electrónica de NIT, y no tiene costo.
- Necesitas tu DPI vigente, un correo electrónico y una factura de servicios (o recibo de agua o IUSI de menos de 3 meses).
- Tienes 10 días hábiles para completar el formulario. Si no lo terminas, el sistema descarta la solicitud.
- Sin obligaciones tributarias, el trámite termina en línea. Con establecimiento o IVA, o si eres extranjero, debes ir a una agencia.
La solicitud de NIT en línea se hace gratis en el Portal SAT, con tres datos a mano: tu DPI vigente, un correo electrónico personal y un comprobante de domicilio reciente, como la factura de la luz o del agua. La SAT revisa el formulario y te responde por correo. Si pides la inscripción sin obligaciones tributarias, la gestión termina en línea. Si registras un establecimiento, te afilias al IVA o eres extranjero, la SAT te pedirá que cierres el trámite en una agencia.
Revisado: octubre de 2026. Fuentes consultadas el 25 de octubre de 2026: [Solicitud Electrónica de NIT](https://portal.sat.gob.gt/portal/solicitud-electronica-de-nit/), [inscripción al RTU Digital](https://portal.sat.gob.gt/portal/rtu-digital/inscripcion-solicitud-de-nit/), [requisitos sin obligaciones tributarias](https://portal.sat.gob.gt/portal/requisitos-tramites-agencias/inscripcion-nit-sin-obligaciones-tributarias/), [requisitos con obligaciones tributarias](https://portal.sat.gob.gt/portal/requisitos-tramites-agencias/inscripcion-nit-con-obligaciones-tributarias/), [Citas para Solicitud de NIT](https://portal.sat.gob.gt/portal/citas-solicitud-de-NIT/), [Consulta CUI / NIT](https://portal.sat.gob.gt/portal/consulta-cui-nit/) y el comunicado de la SAT sobre la [armonización del CUI con el NIT](https://portal.sat.gob.gt/portal/noticias/que-significa-para-el-guatemalteco-la-armonizacion-del-cui-con-el-nit/), todos del portal oficial. El plazo de 10 días hábiles viene del manual de inscripción del RTU Digital de la SAT.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la solicitud de NIT en línea?
No tiene costo. La SAT no publica arancel, boleta ni formulario de pago para este trámite: la página de requisitos de inscripción y el manual del RTU Digital describen el llenado y la revisión, sin ningún paso de pago. Si alguien te cobra por "tramitarte el NIT", ese cobro no es de la SAT.
El plazo es fácil de perder de vista. Cuando empiezas la solicitud, el sistema te da 10 días hábiles para completarla. Si el plazo vence, la solicitud se descarta y tienes que empezar otra vez desde el correo.
| Dato | Respuesta |
|---|---|
| Costo | Sin costo, no hay arancel |
| Plazo del formulario | 10 días hábiles |
| Quién revisa | Personal de la SAT |
| Cómo avisan | Por correo electrónico |
| Dónde se hace | Portal SAT, computadora o celular |
| Qué obtienes | Constancia de inscripción en el RTU |
¿Para qué sirve el NIT y quién tiene que solicitarlo?
El NIT es el número con el que la SAT identifica a cada contribuyente en el Registro Tributario Unificado (RTU). La propia SAT informó en marzo de 2025 que el RTU tiene inscritos a más de 10.4 millones de contribuyentes individuales y a 285 mil 896 empresas.
Lo necesitas si vas a facturar, si abres un negocio o establecimiento, si te afilias al IVA o si una entidad te lo pide para una gestión. Si eres persona individual y solo quieres identificarte ante la SAT, la inscripción sin obligaciones tributarias es la ruta corta: no registras establecimiento ni impuestos y el trámite se cierra en línea.
¿Qué requisitos pide la SAT?
Para una persona individual, la SAT pide tres cosas y una cuarta que casi nadie revisa: que los nombres estén escritos igual que en el DPI.
- Correo electrónico personal. Queda asociado a tu Agencia Virtual y ahí llegan el código de seguridad y la confirmación.
- DPI vigente. Si eres extranjero, pasaporte vigente y el trámite se cierra en agencia.
- Comprobante de domicilio. Factura de energía eléctrica, agua potable, teléfono de línea fija o internet residencial. Si no tienes factura, sirve el recibo de agua potable o el IUSI, no mayor a tres meses de emisión.
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| DPI vigente | Validar tus datos personales |
| Correo electrónico | Recibir el código y el aviso |
| Factura de servicios | Comprobar el domicilio fiscal |
| Recibo de agua o IUSI | Alternativa si no hay factura |
Cuando eliges la factura de servicios, el formulario solo pide la serie y el número del documento; no tienes que escanearlo. Si eliges otro tipo de comprobante, sí debes adjuntar la imagen. El archivo no puede pasar de 10 MB y se acepta en JPG, PNG o PDF.
Para una persona jurídica los requisitos cambian: correo de la empresa, DPI del representante legal, escritura de constitución y nombramiento vigente. Además, el representante legal debe tener NIT y sus datos actualizados con huella y fotografía antes de empezar.
¿Cuáles son los pasos, en orden?
El orden importa: si empiezas por el formulario sin tener el comprobante de domicilio a mano, el reloj de los 10 días hábiles ya está corriendo.
- Reúne los documentos. DPI, correo y factura de servicios (o recibo de agua o IUSI).
- Entra al Portal SAT y abre Consulta NIT → Solicitud Electrónica de NIT.
- Escribe tu correo electrónico. Es la dirección donde vas a recibir el código de seguridad.
- Copia el código del correo y abre el enlace que viene en el mismo mensaje.
- Elige el tipo de contribuyente. "Persona/negocio" si eres persona individual; "Empresa/organización" si es una persona jurídica.
- Llena tus datos como aparecen en el DPI: sexo, estado civil, nombres y apellidos.
- Registra el domicilio y el comprobante. Si eliges factura de servicios, anota serie y número.
- Revisa el resumen y envía la solicitud. La SAT revisa y contesta por correo con los pasos siguientes.
- Descarga tu constancia desde la Agencia Virtual cuando la inscripción quede aprobada.
Si en el paso 5 eliges "Persona/negocio" y registras un establecimiento, el formulario pide además nombre comercial, clasificación, actividad económica según el catálogo CIIU4, fecha de inicio de operaciones y afiliación a impuestos.
¿El trámite termina en línea o tienes que ir a una agencia?
Depende del tipo de inscripción, y ahí está la diferencia clave. La SAT lo dice en su página de requisitos: la inscripción sin obligaciones tributarias finaliza en línea, salvo que la nacionalidad sea extranjera. La inscripción con obligaciones tributarias pide presentar los originales en una oficina o agencia.
| Tu caso | Dónde termina |
|---|---|
| Persona individual sin impuestos | En línea |
| Con establecimiento o IVA | En agencia |
| Persona jurídica | En agencia |
| Extranjero | En agencia |
Si te toca cerrar en agencia, el paso previo es la cita. La página de Citas para Solicitud de NIT aclara que esa cita sirve solo para la gestión de solicitud de NIT; cualquier otro trámite se agenda desde la Agencia Virtual. La cita es personal e intransferible y no puedes pedir más de una al día por contribuyente.
¿Dónde se hace y hay atención en fin de semana?
En línea, desde cualquier dispositivo con internet y un navegador: la guía de la SAT dice que el sistema funciona desde cualquier dispositivo electrónico. En persona, atienden las oficinas, agencias y delegaciones de todo el país. La lista publicada incluye la Torre SAT, Galerías Prima y San Rafael en la capital, y agencias en Quetzaltenango, Huehuetenango, Alta Verapaz, Escuintla, Retalhuleu y otras regiones.
Sobre el horario: la SAT no publica un horario único de agencias en su portal. Confírmalo al pedir la cita o llama a las oficinas centrales al 2329-7070, antes de viajar.
Lo que sí está publicado es el calendario de jornadas móviles y agencias que abren sábado. En esas jornadas no se pide cita previa y también atienden solicitudes de NIT.
¿Qué pasa si ya tienes NIT o si tu CUI ya es tu NIT?
Si ya estás inscrito, no repitas el trámite. Desde 2025 la SAT armonizó el CUI con el NIT: a los contribuyentes ya inscritos se les asignó como NIT los primeros nueve dígitos del CUI, y el comunicado del 31 de marzo de 2025 aclara que no hace falta ningún trámite ni pago adicional y que puedes seguir usando ambos números.
Para saber qué número te corresponde, entra a la página Consulta CUI / NIT y escribe tu CUI de 13 dígitos. La consulta tampoco tiene costo. El detalle de ese paso está en la guía para consultar tu NIT con tu DPI.
¿Cómo activas la Agencia Virtual después del NIT?
La constancia de inscripción y actualización de datos del RTU se imprime desde la Agencia Virtual, no en la ventanilla. Por eso el paso siguiente es pedir tu usuario.
La solicitud de usuario de Agencia Virtual pide escanear el DPI por ambos lados y grabar un video corto donde muestres tu rostro junto con el DPI, digas tu nombre completo, la fecha y la palabra SAT. El video no puede pasar de 10 MB. Con el usuario activo ya puedes descargar la constancia y facturar en línea. El proceso completo está en la guía de Agencia Virtual SAT.
¿Qué errores retrasan o descartan la solicitud?
- Nombres distintos al DPI. El manual de la SAT lo remarca: escribe tus nombres y apellidos como aparecen en el documento.
- Comprobante viejo. La factura, el recibo de agua o el IUSI no deben pasar de tres meses de emisión.
- Constancia de renovación del DPI. La SAT aclara que no se acepta ese documento como comprobante de identidad en el RTU Digital.
- Correo mal escrito. Si el correo no es el correcto, no llega el código de seguridad y pierdes el avance.
- Dejar vencer el plazo. A los 10 días hábiles la solicitud se descarta y empiezas de cero.
Preguntas frecuentes sobre la solicitud de NIT en línea
¿Cuánto cuesta solicitar el NIT en línea?
Nada. La SAT no cobra el trámite ni publica un arancel para la inscripción en el RTU. El costo aparece solo cuando un tercero te ofrece "tramitarlo": eso no es la SAT.¿Puedo hacer el trámite desde el celular?
Sí. El sistema del RTU Digital funciona desde cualquier dispositivo electrónico con internet. Solo necesitas el correo, el DPI y el comprobante de domicilio.¿Qué pasa si no termino la solicitud en 10 días?
El sistema la descarta. Debes iniciar otra solicitud, con el mismo correo o con otro, y volver a llenar los datos.¿Tengo que ir a la agencia si pido el NIT sin obligaciones?
No, si eres guatemalteco. La inscripción sin obligaciones tributarias finaliza en línea. La excepción es la nacionalidad extranjera, que concluye de forma presencial.¿Ya tengo NIT: debo hacer esta solicitud?
No. La armonización del CUI con el NIT no exige trámite ni pago adicional. Consulta tu número con tu CUI en el Portal SAT y sigue con tu Agencia Virtual.¿Qué hago si la SAT no aprueba mi solicitud?
Revisa primero el correo, incluida la carpeta de spam. La SAT avisa por esa vía cuando falta un dato o un documento, y el manual advierte que si no cumples con todos los requisitos te notificará para completar la gestión.
Después revisa los tres puntos que más rechazos generan: que los nombres coincidan con el DPI, que el comprobante de domicilio tenga menos de tres meses y que el correo sea el tuyo. Si la solicitud ya venció, no hay forma de reabrirla: debes empezar de nuevo.
Cuando la inscripción quede aprobada, descarga la constancia y úsala para tus siguientes trámites: la factura electrónica en línea y la actualización de tu domicilio fiscal en la SAT salen de la misma cuenta. Si es tu primer trámite digital, revisa la guía de trámites en línea en Guatemala y el panorama completo en la guía de trámites de la SAT.
Guía informativa. Verifica requisitos y montos con la institución antes de hacer el trámite.
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