Portada con el título cambio de color, motor o asientos y el documento que respalda cada cambio.

Gráfico: Guate365

Cambio de color o motor del vehículo: cómo tramitarlo en la SAT

Guate365··11 min read

Lo esencial:

  • El cambio de color, motor o asientos se registra en el Registro Fiscal de Vehículos de la SAT con el formulario electrónico SAT-8933, en Declaraguate.
  • Cuesta Q60 por el cambio y Q60 por el certificado de propiedad. Si repones la tarjeta de circulación, sumas Q60.
  • Antes de ir a la agencia necesitas la revisión física vigente del vehículo, que realiza la DEIC.
  • La página de requisitos de la SAT fija un plazo de 20 días hábiles para avisar el cambio y remite al artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario, como sanción.

Fuentes consultadas el 26 de octubre de 2026: requisitos de cambio de color, motor o asientos de la SAT, requisitos de rectificaciones varias y portal de expertaje de la PNC.

El trámite cuesta Q120 en total: Q60 por el cambio y Q60 por el certificado de propiedad. Si no tienes la tarjeta de circulación, la reposición suma otros Q60. Se presenta en una agencia tributaria de la SAT, con el formulario SAT-8933 pagado, el anexo firmado y la revisión física de la DEIC vigente.

El registro no cambia por tu cuenta. Si pintaste el vehículo, le pusiste otro motor o le moviste los asientos, la tarjeta de circulación y el certificado siguen mostrando los datos anteriores hasta que la SAT los actualice.

Actualizado: octubre 2026. Revisado el 26 de octubre de 2026 con la página de requisitos publicada por la SAT.

¿Qué cambios se registran y para qué sirve el trámite?

La SAT registra tres cambios de características en la misma gestión: color, motor y número de asientos. El trámite existe para que los distintivos del vehículo digan la verdad. La tarjeta de circulación y el certificado de propiedad son los papeles que la autoridad revisa en un operativo, en un traspaso o en un reclamo al seguro.

Hay dos trámites vecinos que suelen confundirse:

  • Rectificaciones varias. Corrige un dato mal escrito en el registro: serie, cilindraje, tipo, número de placa. Exige acta notarial que explique el motivo de la corrección.
  • Conversión o transformación. Registra un cambio de tipo, por ejemplo de cabezal a camión, o un aumento o disminución de ejes. Tiene su propia página de requisitos en la SAT.

El trámite que se explica aquí no inscribe un vehículo nuevo. Aplica cuando el vehículo ya está registrado y solo cambian sus características. Para un vehículo importado que entra con motor o color distinto al de fábrica existe otra ruta: la inscripción con cambio de motor y color.

¿Qué requisitos pide la SAT?

La base es la misma para persona individual y jurídica:

  1. DPI vigente. Pasaporte si eres extranjero. Aplica al propietario, al mandatario o al representante legal.
  2. Agencia Virtual y RTU digital actualizados. El propietario o su representante deben tener los datos al día.
  3. Solvencia del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos. Debes estar al día con todos los vehículos que tengas registrados, no solo con el que vas a modificar.
  4. Tarjeta de circulación original. Si no la tienes, revisa el apartado de casos especiales de la SAT.
  5. Certificado de propiedad original. Misma regla que la tarjeta.
  6. Constancia de pago del SAT-8933. Es el formulario de reposición de distintivos, modificación, rectificación de datos y cambio de uso.
  7. Anexo firmado. Lo genera Declaraguate después del pago y lo firma el propietario, el mandatario o el representante legal.
  8. Documento de respaldo del cambio. Depende de lo que hayas modificado.
  9. Revisión física vigente de la DEIC. La hace la Policía Nacional Civil, no la SAT.
Técnico con mascarilla aplicando pintura nueva a la carrocería de un vehículo en un taller
Foto: KelvinJM, CC BY-SA 4.0, vía Wikimedia Commons. Un cambio de color exige factura del taller o acta notarial.

¿Qué documento respalda cada cambio?

La SAT acepta dos caminos en casi todos los casos: la factura del servicio contratado o un acta notarial si el trabajo lo hizo el propietario. La tabla resume el requisito por tipo de cambio.

Si cambias…Documento
Color con tallerFactura con placa y color nuevo
Color por tu cuentaActa notarial con placa y color
Motor compradoFactura con número de motor y cilindraje
Motor importadoDUCA, DUA o constancia de levante
Motor de otro vehículo tuyoActa notarial; el donante debe estar inactivo por retiro definitivo
AsientosFactura o acta notarial con el número de asientos
Un dato mal escritoActa notarial con el motivo de la rectificación

En el cambio de motor, la factura debe incluir el número de motor y los datos de cilindraje, centímetros cúbicos y tipo de combustible, pero solo cuando difieran de los ya registrados. También sirve el testimonio de la escritura pública de compraventa del motor.

¿Cuánto cuesta y cómo se paga?

Los montos salen de la página de requisitos de la SAT. No hay cobro por separado del formulario: el pago se hace con la boleta que el mismo sistema genera.

ConceptoMonto
Cambio de color, motor o asientosQ60.00
Certificado de propiedadQ60.00
Tarjeta de circulación, si faltaQ60.00
Tabla de tarifas de la SAT: Q60 por el cambio, Q60 por el certificado y Q60 por la tarjeta si no la tienes
Gráfico: Guate365. Montos de la página de requisitos de la SAT, consultada el 26 de octubre de 2026.

El pago sigue tres pasos cortos:

  1. Llenas el SAT-8933 en Declaraguate y el sistema emite la boleta SAT-2000.
  2. Pagas la boleta en un banco autorizado del sistema.
  3. Vuelves a Declaraguate, entras a «Buscar formulario» con el número de formulario y de acceso, e imprimes el anexo.

El total normal es Q120: los Q60 del cambio y los Q60 del certificado de propiedad. Si perdiste la tarjeta, el pago sube a Q180, porque la página suma «el pago de Q 60.00 por la gestión». Si lo que falta es el certificado, la página no fija un monto: te remite a los casos especiales. Confirma la cifra en Declaraguate antes de pagar, porque el sistema calcula las casillas que marcas.

Dos casos cambian la ruta. Si no puedes usar el formulario electrónico, la SAT pide el formulario en papel SAT-2430 y el pago con el formulario SAT-8370. Si el anexo se genera por pérdida, extravío o deterioro de un distintivo, debe ir legalizado por un notario activo.

¿Cuáles son los pasos, en orden?

El orden importa, porque la revisión física tiene vigencia y el pago caduca si los datos no coinciden.

Infografía con cinco pasos: revisión física de la DEIC, formulario SAT-8933, boleta SAT-2000, anexo y respaldos, y presentación en la agencia
Gráfico: Guate365. Orden de la gestión según la página de requisitos de la SAT.
  1. Haz la revisión física. La realiza la DEIC y debe estar vigente cuando presentes el trámite. Los requisitos y las sedes se consultan en el portal de expertaje de la PNC.
  2. Reúne los papeles base. DPI, Agencia Virtual y RTU al día, solvencia del impuesto de circulación, tarjeta y certificado originales.
  3. Consigue el respaldo del cambio. Factura del taller, escritura del motor, DUCA o acta notarial, según el caso.
  4. Llena el SAT-8933. Entra a Declaraguate, escribe el NIT y los datos de la placa, y genera la boleta SAT-2000.
  5. Paga en el banco autorizado. Guarda la constancia de pago.
  6. Genera e imprime el anexo. Vuelve a Declaraguate, abre «Buscar formulario» con el número de formulario y de acceso, y firma la declaración.
  7. Presenta todo en la agencia. Lleva los originales, las fotocopias y las constancias de pago.
  8. Descarga los distintivos. Cuando la gestión termina, la tarjeta de circulación y el certificado electrónicos se descargan desde la Agencia Virtual.

¿Dónde se hace y en qué horario atienden?

La presentación es presencial, en oficinas y agencias tributarias de la SAT. La página de requisitos agrupa las sedes por región:

  • Región Central: Galerías Prima, Plaza San Rafael, Pacific Villa Hermosa, Chimaltenango, El Progreso, Sacatepéquez, Carretera a El Salvador, Montserrat, Dubái y Zona 9.
  • Región Occidente: Quetzaltenango, Coatepeque, Huehuetenango, Totonicapán, San Marcos, Malacatán, Quiché, Sololá y la delegación de Panajachel.
  • Región Nororiente: Zacapa, Baja Verapaz, Alta Verapaz, Jalapa, Petén, Izabal y Chiquimula.
  • Región Sur: Escuintla, Suchitepéquez, Jutiapa, Retalhuleu y Santa Rosa.

Si la gestión la hace un tercero autorizado, la SAT indica presentarla en el anexo de Plaza San Rafael.

La página de requisitos lista las sedes, pero no publica días ni horarios de atención. Ese dato cambia por oficina y por temporada, así que aquí no hay horario que copiar. Antes de viajar, confirma el horario de tu agencia en la página de contacto de la SAT o con el chat de soporte del portal.

¿Cuánto tarda y qué hago si me lo niegan?

La página oficial no fija un número de días para resolver el trámite. La gestión se plantea como una sola presentación en agencia y la descarga posterior de los distintivos electrónicos. El plazo que sí está escrito es otro: la página de requisitos de la SAT pide avisar cualquier cambio de características del vehículo «dentro del plazo veinte (20) días hábiles de acuerdo con la ley» y añade que, de lo contrario, «se sancionará según Artículo 94 del Decreto 6-91, Código Tributario». El monto de esa multa no aparece en la página: lo fija la SAT al calificar el caso, así que no hay cifra que puedas anticipar con certeza.

Cuando devuelven el expediente, casi siempre es por uno de estos puntos:

  • La revisión física de la DEIC ya no está vigente.
  • La boleta se pagó con datos que no coinciden con la placa o el NIT.
  • El anexo no tiene la firma del propietario, del mandatario o del representante legal.
  • La factura no indica la placa ni el dato nuevo: color, número de motor o número de asientos.
  • Hay saldo pendiente del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos en otro vehículo del mismo propietario.
  • Los datos de la Agencia Virtual o del RTU están desactualizados.

Corrige el punto y vuelve a presentar. Si la traba no depende de ti, el portal tiene un chat de soporte y el apartado de denuncias tributarias para dejar constancia del caso.

Si el cambio ocurrió antes de una venta, conviene resolverlo primero: el comprador recibe un certificado que ya describe el vehículo. Para esa parte, la guía de traspaso de vehículo en Guatemala detalla el costo y los documentos.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que llevar el vehículo a la agencia de la SAT?

La página de requisitos pide la revisión física vigente de la DEIC, no menciona presentar el vehículo en la agencia. Confirma el punto con tu agencia antes de ir, sobre todo si el motor cambió.

¿Puedo pasar el motor de un vehículo mío a otro?

Sí, con acta notarial de declaración jurada. El acta indica el número de motor y la placa del vehículo que lo recibe, y el vehículo del que sale el motor debe estar inactivo por retiro definitivo.

¿Y si yo mismo pinté el vehículo?

Necesitas un acta notarial de declaración jurada en la que indiques que hiciste el cambio, con el número de placa y el color nuevo. Si el trabajo lo hizo un taller, basta la factura con la placa y el color.

¿Qué pasa si el propietario falleció?

La SAT pide el nombramiento de la representación de la mortual con su fotocopia, y el DPI del representante de la mortual. El acta notarial o la certificación judicial sirven para ese nombramiento.

¿Cuánto cuesta si no tengo tarjeta ni certificado?

Sin tarjeta, la página suma Q60 a los Q120 normales: el pago queda en Q180. Si falta el certificado, la página no publica un monto y te manda a los casos especiales. El pago se calcula en Declaraguate al llenar el SAT-8933; confirma la cifra ahí antes de ir al banco.

Guías relacionadas

Si tu gestión es otra, estas notas del mismo tema ahorran el viaje: cambio de uso de placas, reposición de placas de circulación, reposición de certificado de propiedad y cómo actualizar e imprimir la tarjeta de circulación.

Guía informativa. Verifica requisitos y montos con la institución antes de hacer el trámite.

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