Cuatro pasos para el cambio de uso de placas: declarar, pagar, anexar y presentar en la agencia tributaria.

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Cambio de uso de placas en Guatemala: requisitos y costo

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Lo esencial:

  • El cambio de uso de placas se tramita con el formulario SAT-8933, en Declaraguate.
  • Para un vehículo de dos placas, el cambio cuesta Q75 y el certificado de propiedad cuesta Q60.
  • Si no tienes tarjeta de circulación, suma Q60.
  • Pagas la boleta SAT-2000 en un banco autorizado, imprimes el anexo y lo llevas a la agencia con la revisión física vigente del vehículo.

Fuentes consultadas el 14 de octubre de 2026: página de requisitos de cambio de uso de placas de circulación y la página de la tercera persona autorizada en el Registro Fiscal de Vehículos, ambas del portal de la SAT.

Actualizado: octubre 2026. Revisado el 14 de octubre de 2026 con los requisitos publicados por la SAT.

¿Qué es el cambio de uso de placas?

Es el trámite para cambiar el uso registrado de las placas de un vehículo. La SAT lo gestiona en el Registro Fiscal de Vehículos. El trámite no es una inscripción nueva: el vehículo ya está registrado y solo cambia su categoría de uso.

La SAT distingue entre personas individuales, personas jurídicas y entidades del Estado. La página de requisitos incluye reglas propias para cada grupo, sobre todo para el formulario y los documentos que presentan.

GestiónMonto
Cambio de usoQ75.00
CertificadoQ60.00
Tarjeta, si falta+Q60.00
Placas perdidasQ75.00
Montos del SAT para el cambio de uso de placas: Q75 por el cambio, Q60 por el certificado y Q60 por la tarjeta si no la tienes
Gráfico: Guate365. Montos según la página de requisitos de la SAT consultada el 14 de octubre de 2026. No es un documento oficial.

¿Qué documentos pide la SAT a una persona individual o jurídica?

La SAT pide los mismos documentos base para personas individuales y jurídicas. Son estos:

  1. Documento de identificación vigente. DPI, o pasaporte si eres extranjero. Aplica al propietario, al mandatario o al representante legal.
  2. Agencia Virtual y RTU digital. Debes tener cuenta en Agencia Virtual y tus datos actualizados en el RTU.
  3. Solvencia del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres. Debes estar al día en todos los vehículos registrados.
  4. Tarjeta de circulación original. Si no la tienes, la página indica casos especiales.
  5. Certificado de propiedad original. Aplica la misma regla de casos especiales.
  6. Constancia de pago del SAT-8933. El pago cubre reposición de distintivos, modificación, rectificación de datos y cambio de uso.
  7. Anexo firmado. Se genera después de pagar el SAT-8933 y lo firma el propietario, el mandatario o el representante legal.
  8. Formato de devolución de placas. Lo llenas y presentas con las placas.
  9. Revisión física vigente del vehículo. La realiza la DEIC.

Si el propietario falleció, la página pide además el nombramiento de la representación de la mortual, con su fotocopia, y el DPI de quien representa.

¿Qué cambia para una entidad del Estado?

Una entidad del Estado no usa el SAT-8933. Su representante legal firma el formulario SAT-2430 y la entidad paga con el formulario SAT-8370. El certificado de propiedad cuesta Q60.00. Las placas cuestan Q75.00 cuando el cambio es de oficial a particular, en entidades descentralizadas y autónomas. Si falta la tarjeta de circulación, suma Q60.00.

El resto de requisitos es parecido: DPI del representante legal, Agencia Virtual y RTU al día, solvencia del impuesto de circulación, devolución de placas y revisión física de la DEIC.

¿Qué pasa si perdiste la tarjeta, el certificado o las placas?

La SAT separa los casos según el motivo. Para los tres documentos, la regla es parecida:

  • Robo o hurto: presentas una fotocopia de la denuncia ante el Ministerio Público.
  • Pérdida o extravío: presentas una fotocopia del aviso ante la Policía Nacional Civil, o una constancia emitida por el Ministerio Público.

Si el certificado se pierde o se deteriora, y ya cancelaste el formulario, la SAT pide que el anexo generado en Declaraguate se presente con firma legalizada por notario activo.

Si no puedes presentar el SAT-8933, la página indica el formulario SAT-2430. Lo firma el propietario. Si no sabe leer ni escribir, o no puede firmar por una discapacidad física, lo acompaña un testigo y presenta su DPI.

¿Qué cambia para placas de alquiler, urbano o transporte?

Estas placas tienen requisitos extra. El cambio de uso de placas de alquiler o urbano exige una autorización de concesión de línea emitida por la municipalidad donde el vehículo prestará el servicio.

Para placas de uso alquiler, urbano, comercial, de servicios, agrícola, transporte de carga y trimotos de tres o más pasajeros, la SAT pide estar inscrito en el RTU con afiliación al IVA. También pide tener un establecimiento activo, incorporado al régimen de factura electrónica, cuando corresponda.

Si el trámite lo hace un mandatario, debe presentar el testimonio de escritura pública del mandato vigente. El documento debe estar inscrito en el Archivo General de Protocolos.

¿Qué pasos seguir en Declaraguate?

La SAT indica estos pasos en orden:

  1. Ingresa a Declaraguate y llena el formulario SAT-8933.
  2. Genera la boleta SAT-2000 y paga en los bancos autorizados.
  3. Después del pago, vuelve a Declaraguate, busca el formulario con su número e imprime el anexo.
  4. Presenta el anexo firmado con tus requisitos y pagos en una agencia tributaria.
  5. Cuando termine la gestión, descarga tus distintivos electrónicos en Agencia Virtual.

La página también indica que la tarjeta de circulación y el certificado de propiedad electrónicos se obtienen en Agencia Virtual. La calcomanía electrónica se consulta en la sección de consulta de vehículos del sitio de la SAT. Para descargar distintivos, el propietario debe estar solvente en IVA, ISR, ISO y otros impuestos aplicables.

Para presentar la gestión, la SAT lista agencias de la Región Central, como Galerías Prima, Plaza San Rafael o Carretera a El Salvador. Para terceros autorizados, la gestión se hace en Plaza San Rafael (anexo). Confirma la agencia antes de ir.

¿Qué diferencia hay con el traspaso?

El cambio de uso no transfiere la propiedad del vehículo. Un traspaso sí cambia el dueño. Si vas a vender o a recibir un vehículo, revisa primero la guía de traspaso de vehículo en Guatemala.

Si tu tercero autorizado hace el trámite por ti, revisa también los requisitos de la tercera persona ante la SAT.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el cambio de uso de placas?

Para un vehículo de dos placas, la SAT indica Q75.00 por el cambio de uso y Q60.00 por el certificado de propiedad. Si no tienes tarjeta de circulación, suma Q60.00.

¿Qué formulario se llena para el cambio de uso?

El formulario electrónico SAT-8933, en Declaraguate. Después de pagar, se imprime el anexo que genera el sistema.

¿Hace falta revisión del vehículo?

Sí. La página de requisitos pide la revisión física vigente del vehículo, realizada por la DEIC.

¿Puedo hacerlo con un tercero autorizado?

Sí. La página indica que, si la gestión la hace un tercero autorizado, debes presentar los requisitos de terceras personas.

Lee también: Consultar multas de tránsito por placa en Guatemala, calcomanía SAT Guatemala 2026, seguro obligatorio para vehículos, guía completa de trámites SAT Guatemala 2026 y Declaraguate: errores comunes.

Guía informativa. Verifica los montos y requisitos vigentes en el portal de la SAT antes de tramitar.

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