La Corte de Constitucionalidad Confirma que Consuelo Porras No Puede Ser Destituida
La Corte de Constitucionalidad (CC) ha reafirmado que la fiscal general de Guatemala, Consuelo Porras, no puede ser destituida a menos que exista una sentencia condenatoria en su contra. Este fallo, que desestima una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de abogados, consolida la estructura legal del Ministerio Público (MP) y mantiene las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de esta institución desde su última modificación en 2016.
La Ley Orgánica del Ministerio Público y su Impacto en la Destitución de la Fiscal General

Según la resolución de la CC, la Ley Orgánica del Ministerio Público no puede ser alterada para permitir la destitución de Consuelo Porras sin un proceso judicial previo. El artículo 14 de dicha ley estipula que la fiscal general solo puede ser removida si ha cometido un delito doloso en el ejercicio de su función y si existe una sentencia condenatoria firme.
Este criterio legal impide que el presidente de la República, Bernardo Arévalo, tenga la facultad de destituir a la fiscal general por razones políticas o administrativas. En consecuencia, deberá esperar hasta mayo del próximo año, cuando finalice el periodo de Porras y se inicie un nuevo proceso de postulación para su sucesor.
El Intento de Modificación Legal que Fue Rechazado

El recurso rechazado por la Corte de Constitucionalidad buscaba eliminar la reforma al artículo 14 de la Ley Orgánica del MP, permitiendo que la destitución del fiscal general se rigiera exclusivamente por el artículo 251 de la Constitución Política. Este artículo menciona que la fiscal general puede ser removida por «causa justificada, debidamente establecida«, pero sin especificar cuáles serían estas causas.
La falta de especificidad en este artículo habría dado margen para que el gobierno argumentara, por ejemplo, un presunto mal desempeño como justificación para la destitución. Sin embargo, con la ratificación de la CC, se mantiene la necesidad de una sentencia condenatoria para que la remoción de la fiscal general sea legalmente válida.
Así Votaron los Magistrados de la CC

La resolución de la Corte de Constitucionalidad fue tomada por mayoría, aunque aún no se ha notificado oficialmente a las partes involucradas. Según información del departamento de Comunicación de la CC, los magistrados que rechazaron la acción de inconstitucionalidad fueron:
- Néster Vásquez
- Dina Ochoa
- Roberto Molina Barreto
- Leyla Lemus
- Héctor Hugo Pérez Aguilera
- Juan José Samayoa Villatoro
Por otro lado, el magistrado suplente Rony López fue el único que votó a favor de dejar sin efecto la reforma al artículo 14, proponiendo que la destitución del fiscal general quedara sujeta únicamente a lo estipulado en el artículo 251 de la Constitución.
Implicaciones del Fallo para el Gobierno de Bernardo Arévalo
El presidente Bernardo Arévalo ha manifestado en diversas ocasiones su desacuerdo con la gestión de Consuelo Porras y su intención de removerla del cargo. Sin embargo, el fallo de la CC le impide tomar medidas inmediatas y le obliga a respetar el proceso de selección de un nuevo fiscal general cuando finalice el mandato de Porras.
Esto representa un reto para el gobierno, ya que implica seguir conviviendo con una fiscal general que ha sido objeto de controversia y críticas tanto a nivel nacional como internacional. No obstante, el cumplimiento de la normativa constitucional refuerza la estabilidad institucional y evita decisiones arbitrarias en el sistema judicial.
La decisión de la Corte de Constitucionalidad sienta un precedente en la interpretación de la Ley Orgánica del Ministerio Público y reafirma el marco legal que rige la destitución de la fiscal general en Guatemala. Con este fallo, se garantiza que el proceso judicial sea la única vía para la remoción de un funcionario de tal relevancia, manteniendo el principio de legalidad y la independencia del Ministerio Público frente a presiones políticas.
Para el gobierno de Bernardo Arévalo, esta resolución supone un obstáculo en su intención de cambiar la dirección del Ministerio Público antes del vencimiento del mandato de Porras. Sin embargo, también es una oportunidad para fortalecer las instituciones democráticas y asegurar que cualquier cambio en la fiscalía general se haga dentro de los límites legales establecidos por la Constitución de Guatemala.
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