Así Arévalo Decreta Estado de Calamidad Pública Nacional Medidas y Reacciones

Así Arévalo Decreta Estado de Calamidad Pública Nacional: Medidas y Reacciones


El Gobierno de Guatemala, liderado por el presidente Arévalo, ha declarado el estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional. Esta medida, anunciada a través del Diario de Centro América el lunes 8 de julio, se ha formalizado mediante el Acuerdo Gubernativo número 2-2024.

Motivos de la Declaración, Acumulación de Lluvias y Riesgo de Desastres Naturales

Motivos de la Declaración, Acumulación de Lluvias y Riesgo de Desastres Naturales

Según el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo, la decisión de declarar el estado de Calamidad Pública se debe a los altos índices de acumulación de lluvia y la saturación de suelos en el país. Estos factores han incrementado significativamente el riesgo de desastres naturales, poniendo en peligro la vida y los bienes de los ciudadanos.

Duración y Alcance del Estado de Calamidad, Vigencia del Decreto

El estado de Calamidad ha sido decretado para un plazo inicial de 30 días, comenzando desde su publicación en el Diario Oficial. Durante este período, se implementarán diversas medidas de emergencia para mitigar los riesgos y brindar asistencia a las áreas afectadas.

Medidas de Emergencia Implementadas, Detalles del Artículo 5

El artículo 5 del Acuerdo Gubernativo especifica una serie de medidas que se podrán tomar en casos estrictamente necesarios y de carácter urgente. Estas medidas incluyen:

  • Limitación del Derecho de Libre Locomoción: En situaciones críticas, se podrá restringir la movilidad de los ciudadanos para garantizar su seguridad.
  • Orden de Evacuación: Se podrán ordenar evacuaciones en las regiones afectadas o en peligro inminente para proteger a la población.
  • Acciones a Nivel Nacional y Local: Se implementarán acciones coordinadas a nivel nacional, regional, departamental, municipal y local para asegurar una respuesta efectiva.
  • Atención Inmediata a la Población Afectada: Se tomarán todas las medidas necesarias para brindar atención inmediata a quienes resulten afectados por los desastres.
  • Libre Acceso Vial: Se realizarán acciones para garantizar el libre acceso vial a la población en las zonas afectadas.
  • Cooperación de Servidores Públicos: Se ordenará a los servidores públicos de las dependencias del Organismo Ejecutivo que presenten el auxilio y cooperación indispensable.
  • Coordinación Civil y Militar: Las autoridades civiles y militares, bajo la coordinación de la Conred, adoptarán medidas necesarias para proteger la vida de los ciudadanos.

Procedimiento Legislativo, Revisión del Congreso de la República

Procedimiento Legislativo, Revisión del Congreso de la República

Este acuerdo entró en vigencia inmediatamente después de su publicación. Sin embargo, debe ser enviado al Congreso de la República para que, en un plazo de tres días, sea conocido, ratificado, modificado o desaprobado. Este paso es crucial para garantizar la legalidad y la efectividad de las medidas adoptadas.

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