Quién puede comprar timbres fiscales ante la SAT: notarios, patentados y terceros autorizados

Gráfico original: Guate365

Timbres fiscales en Guatemala: quién puede comprarlos

Guate365··5 min read

Los timbres fiscales y el papel sellado especial para protocolos se compran en la SAT. Los compradores habituales son notarios, abogados colegiados y patentados fiscales. Cada compra necesita una boleta SAT-2000 pagada y datos actualizados en el RTU digital. La SAT permite comprar por medio de un procurador, de una tercera persona autorizada o, en el caso del papel sellado, desde la Agencia Virtual.

Fuentes y fecha de consulta: 15 de octubre de 2026. Página de la SAT: venta de especies fiscales a notarios y patentados. Esta nota resume los requisitos de esa página. La SAT no publica en esa página el precio de cada timbre, así que el monto aparece en la boleta.

Actualizado: octubre 2026.

¿Quién puede comprar timbres fiscales?

La SAT separa el trámite en varios casos. La tabla muestra qué pide cada uno.

CompradorQué debe presentar
Notario o abogadoRTU actualizado, colegiado activo y habilitado, carné vigente para verificación, boleta SAT-2000 y sello de abogado y notario.
Patentado fiscalRTU actualizado, carné vigente de patentado y boleta SAT-2000 o constancia de pago.
Patentado por medio de tercera personaRTU del patentado y de la tercera persona, DPI original de la tercera persona, carné del patentado, carta de autorización firmada y boleta SAT-2000.
Abogado o notario por medio de procuradorRTU del notario y del procurador, DPI original del procurador, carné del notario, carta de autorización firmada y sellada, y boleta SAT-2000.
Papel sellado para protocolos a ruegoRTU de ambos notarios, carné vigente de ambos, carta de autorización del notario que compra, cantidad de lotes y boleta SAT-2000.
Papel sellado desde la Agencia VirtualUsuario y contraseña de la Agencia Virtual, RTU actualizado, carné vigente y boleta SAT-2000 o constancia de pago.

La carta de autorización debe llevar el nombre y el CUI de quien recoge la compra, el número de la boleta SAT-2000 y el monto requerido. Sin esos datos, la oficina no entrega los timbres.

Cuatro pasos para comprar timbres fiscales: formulario SAT-7130, boleta SAT-2000, pago y entrega
Gráfico original de Guate365. Ruta de compra de timbres, según la página de la SAT.

¿Cómo se paga y se retira la compra?

El proceso tiene dos partes: el pago y la entrega. Para los notarios, la SAT describe estos pasos:

  1. Entra a Declaraguate y llena el formulario SAT-7130.
  2. Genera la boleta SAT-2000.
  3. Paga en los bancos autorizados del sistema o por banca electrónica.
  4. Preséntate en la oficina, agencia o delegación tributaria con los requisitos.
  5. El colaborador anota el despacho en el libro de «Registro de Papel Sellado Especial para Protocolo». El notario firma y sella ese registro.
  6. Al terminar, recibes los timbres o el papel sellado.

Para los patentados, el paso del libro no aplica. La gestión termina con la entrega de los timbres. En los casos de procurador y de papel sellado a ruego, el notario que autoriza debe enviar su carné y la carta original.

¿Qué cambia si compras papel sellado desde la Agencia Virtual?

La SAT también ofrece el despacho de papel sellado especial para protocolos solicitado desde la Agencia Virtual. Este canal pide tu usuario y contraseña, el RTU actualizado, tu carné de abogado y notario vigente y la boleta SAT-2000 o su constancia de pago. Al final, debes presentar el sello del notario autorizado. Revisa la guía de acceso a la Agencia Virtual si todavía no tienes usuario.

¿Qué errores frenan la compra?

Los errores más comunes son de datos. Si el RTU no está actualizado, no cumples un requisito. Si la boleta SAT-2000 no está pagada, tampoco. En la compra por medio de tercera persona, la carta de autorización debe llevar el número de boleta correcto, porque la oficina compara esos datos con la boleta.

Antes de ir a la oficina, revisa estos puntos:

  • El RTU digital está actualizado y el carné está vigente.
  • La boleta SAT-2000 aparece pagada y tiene el número de formulario.
  • La carta de autorización está firmada, sellada y con los datos completos.
  • Llevas el DPI original de quien recoge, si aplica.

Preguntas frecuentes

¿Cualquier persona puede comprar timbres fiscales en la SAT?

La página de la SAT describe la venta a notarios, abogados, patentados fiscales y sus procuradores o terceros autorizados. Si no tienes una de esas calidades, revisa con la SAT antes de ir.

¿Qué es la boleta SAT-2000?

Es la boleta de pago que genera la gestión en Declaraguate con el formulario SAT-7130. Debe estar pagada para que la SAT entregue la compra.

¿Puedo comprar por medio de un procurador?

Sí, en el caso de abogados y notarios. El notario que autoriza debe estar colegiado y activo. El procurador debe presentar su DPI original y la carta firmada y sellada.

¿Dónde veo cuánto cuesta cada timbre?

La página de la SAT no publica el precio en este trámite. El monto de la compra aparece en la boleta SAT-2000 que generas antes de pagar.

Guías relacionadas

Guía informativa, no asesoría legal. Los requisitos salen de la página de la SAT consultada el 15 de octubre de 2026. Confirma los montos y los horarios en la oficina tributaria antes de ir.

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