
Gráfico original: Guate365
Convenio de pago en la SAT: requisitos y pasos 2026
Un convenio de pago en la SAT también se llama facilidad de pago. Permite pagar un adeudo en cuotas. Para pedirlo necesitas el formulario SAT-821 firmado, declaraciones validadas en Declaraguate y tu documento de identidad o el del representante legal. La SAT no concede convenio de pago para el IVA ni para las retenciones del ISR y del IVA.
Fuentes y fecha de consulta: 15 de octubre de 2026. Página de la SAT: solicitud de facilidad de pago y página de la SAT: facilidades de pago. Las dos páginas describen rutas distintas. Esta nota las resume a las dos.
Actualizado: octubre 2026.
¿Qué pide la SAT para persona individual y jurídica?
La solicitud con formulario SAT-821 separa los requisitos por tipo de contribuyente.
| Requisito | Persona individual | Persona jurídica |
|---|---|---|
| Documento de identidad | DPI del contribuyente. Si aún no tienes el DPI, sirve el documento de RENAP con el CUI. Pasaporte si eres extranjero. | DPI del representante legal. Pasaporte si es extranjero. |
| Formulario SAT-821 | Firmado por el contribuyente. | Firmado por el representante legal. |
| Nombramiento | No aplica. | Copia del nombramiento del representante. En el correo, la SAT pide el acta notarial de nombramiento registrada. |
| Declaraciones | Declaraciones creadas en Declaraguate, en estado 2 de 4 (validado). Se imprimen y se firman. | Igual que la persona individual. |
| Ajustes de fiscalización | Copia de la audiencia o de la resolución notificada, si la deuda viene de un ajuste. | Igual que la persona individual. |
Todos los documentos deben enviarse en un solo archivo PDF.
¿Cómo envío la solicitud por región?
- Descarga el formulario SAT-821 desde la página de la SAT y llénalo.
- Valida tus declaraciones en Declaraguate, en estado 2 de 4.
- Reúne el SAT-821, las declaraciones y el documento de identidad en un solo PDF.
- Envía el PDF al correo de tu región fiscal. La SAT separa la correspondencia en Región Central, Sur, Occidente, Nororiente, Contribuyentes Especiales Medianos y Contribuyentes Especiales Grandes.
- La SAT te programa una cita por correo para firmar el Reconocimiento Unilateral de Adeudo Tributario con el plan de pagos.
Revisa el correo de tu región en la página de la SAT antes de enviar. La SAT no usa un solo buzón para todos los casos.
¿Cómo funciona la solicitud web desde la Agencia Virtual?
La página de facilidades de pago describe otra ruta. Entras a Declaraguate y validas el formulario de los impuestos que quieres pagar en cuotas, con estado 2 de 4. Luego entras a la Agencia Virtual, eliges el servicio de solicitud de facilidades de pago web y adjuntas una copia del documento de identificación. Todo debe estar impreso, firmado y consolidado en un solo PDF. La SAT te envía un correo con el día, la hora y la oficina donde debes firmar.
En la ruta por correo, la primera boleta sale de Declaraguate con el formulario SAT-891. En la ruta web, la primera cuota se paga con una boleta SAT-2000. Las cuotas siguientes se generan en Declaraguate con el formulario SAT-891, con tu NIT y el número de tu solicitud.
¿Qué deudas quedan fuera?
La SAT excluye de convenio de pago tres casos: el IVA, las retenciones del Impuesto Sobre la Renta y las retenciones del IVA. Si tu adeudo es de uno de ellos, el convenio no aplica. Antes de preparar la solicitud, identifica el impuesto y revisa tus declaraciones en Declaraguate.
¿Qué pasa después de presentar la solicitud?
Si elegiste la ruta por correo, la SAT te escribe para programar una cita. En esa cita firmas el Reconocimiento Unilateral de Adeudo Tributario, que contiene el plan de pagos. Lleva tu DPI y tus declaraciones impresas y firmadas, que la SAT pide para el trámite. La primera boleta de pago sale de Declaraguate con el formulario SAT-891. Si el pago falla o se atrasa, la página de la SAT no describe otra salida, así que confirma el siguiente paso en la oficina antes de dejar pasar una cuota.
Mientras cumples el plan, conserva cada boleta pagada. Sirve como prueba si la SAT te pide revisar el avance del convenio.
Preguntas frecuentes
¿El convenio de pago cubre el IVA?
No. La SAT indica que no concede convenio de pago para el Impuesto al Valor Agregado, las retenciones del ISR ni las retenciones del IVA.
¿Qué estado deben tener mis declaraciones?
Deben estar validadas en Declaraguate, en estado 2 de 4. Las declaraciones pendientes se presentan impresas y firmadas.
¿Cómo pago las cuotas siguientes?
Generas una boleta en Declaraguate con el formulario SAT-891, con tu NIT y el número de tu solicitud SAT-821.
¿Una empresa puede pedir convenio sin representante?
No. La solicitud la firma el representante legal, con su DPI y la copia del nombramiento. Si el nombramiento no está actualizado, revisa primero la guía de representante legal.
Guías relacionadas
- Para revisar si tus datos están al día antes de pedir el convenio, revisa cómo actualizar el RTU en la SAT.
- Si tienes omisos o declaraciones atrasadas, revisa cómo consultar omisos en la SAT.
- Para las declaraciones en línea, revisa Declaraguate: errores comunes y cómo corregirlos.
- Para la solvencia fiscal, revisa la guía de solvencia fiscal con el formulario SAT-8421.
- Si el representante legal cambió, revisa representante legal ante la SAT.
- Para el panorama completo, revisa la guía de trámites SAT Guatemala 2026.
Guía informativa, no asesoría legal. Los requisitos salen de las páginas de la SAT consultadas el 15 de octubre de 2026. La SAT decide cada caso. Confirma tu adeudo y tu plan de pagos antes de firmar.
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