
Fallo de EE. UU. sobre aranceles: qué significa realmente para Guatemala
Fallo de EE. UU. sobre aranceles: qué significa realmente para Guatemala
Un reciente fallo del Tribunal Internacional de Comercio de Estados Unidos generó confusión entre exportadores guatemaltecos. La resolución suspendió la aplicación del arancel del 10% bajo la Sección 122, pero con un alcance mucho más limitado de lo que muchos interpretaron inicialmente. La Asociación Guatemalteca de Exportadores (Agexport) salió a aclarar que la decisión no elimina el arancel para todas las importaciones provenientes de Guatemala, sino que solo beneficia a las partes demandantes en ese caso específico.
¿Qué resolvió exactamente el Tribunal de Comercio de EE. UU.?
El Tribunal emitió un mandato que resolvió que la aplicación del arancel del 10% bajo la Sección 122 no procede, pero solo para los demandantes participantes del caso: University of Washington, Burlap and Barrel, Inc. y Basic Fun, Inc. La decisión concede una orden a favor de estas partes, pero no constituye una suspensión universal para todos los importadores en territorio estadounidense.
Según Aída Fernández, directora de crecimiento exportador de Agexport, la resolución no debe interpretarse como la eliminación del arancel del 10% para las importaciones guatemaltecas en general. Al no tratarse de una orden universal, el efecto se limita exclusivamente a los demandantes favorecidos por la Corte.
¿Siguen vigentes los aranceles para Guatemala?
Sí. Agexport confirmó que, sin una instrucción administrativa de la autoridad aduanera estadounidense, una ampliación judicial del alcance o una modificación oficial del Gobierno de EE. UU., se continúa bajo el mismo marco arancelario vigente. Este marco es la Sección 122, implementada mediante la Proclamación 11012, que entró en vigencia el 24 de febrero de 2026 con un plazo de 150 días, es decir, hasta el 24 de julio de 2026.
Según datos del Ministerio de Economía (Mineco) divulgados en febrero, aproximadamente el 72% de las exportaciones guatemaltecas están exentas de este arancel. El 28% restante sigue pagando el impuesto para poder ingresar al mercado estadounidense.
¿Qué otros mecanismos comerciales siguen activos?
La decisión del Tribunal hace referencia específicamente al arancel bajo Sección 122, pero no elimina otros mecanismos comerciales que afectan a Guatemala. Entre ellos:
- Sección 232: Impuso medidas comerciales en sectores como acero, aluminio y otros productos, con aranceles específicos incluso para bienes importados desde Guatemala.
- Sección 301: Continúa la investigación para evaluar prácticas comerciales consideradas discriminatorias o restrictivas. Guatemala fue incluida en una lista de 60 países a los cuales la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) inició investigaciones bajo la Sección 301(b) de la Ley de Comercio de 1974, en relación al tema de trabajo forzoso.
¿Qué pasa con el Acuerdo de Comercio Recíproco?
El Acuerdo de Comercio Recíproco firmado entre Guatemala y Estados Unidos no queda anulado ni modificado por esta decisión judicial. Por parte de Guatemala, el acuerdo ya fue ratificado por el presidente de la República y notificado al USTR y a otras autoridades estadounidenses en marzo de 2026.
Este acuerdo representa un marco bilateral que busca fortalecer las relaciones comerciales entre ambos países, independientemente de las fluctuaciones en la política arancelaria unilateral de EE. UU.
¿Cuál es el panorama para exportadores guatemaltecos?
El fallo judicial, aunque positivo para las empresas demandantes, no cambia la realidad inmediata para la mayoría de exportadores guatemaltecos. El 28% de las exportaciones que no gozan de exenciones sigue sujeto al arancel del 10% bajo la Sección 122, al menos hasta julio de 2026, salvo que el Congreso estadounidense decida suspender, modificar o extender la medida.
Además, la investigación bajo la Sección 301 por trabajo forzoso representa un riesgo adicional. Si la USTR determina que Guatemala incumple estándares laborales, podrían imponerse sanciones comerciales adicionales que afectarían sectores clave de la economía nacional.
Guatemala fue incluida en una lista de 60 países investigados por la USTR bajo la Sección 301(b) relacionada con trabajo forzoso.
— @RadioPuntoGT 8 de mayo de 2026
¿Qué recomienda Agexport a los exportadores?
Agexport recomienda a los exportadores guatemaltecos mantenerse informados sobre el marco arancelario vigente y no interpretar el fallo del Tribunal como un cambio generalizado en la política comercial de EE. UU. La asociación continúa monitoreando los desarrollos y comunicará a sus socios cualquier modificación oficial que afecte las exportaciones hacia el mercado estadounidense.
El escenario comercial entre Guatemala y Estados Unidos sigue siendo complejo y en constante cambio. Mientras el Gobierno de EE. UU. no emita una instrucción administrativa clara o una modificación oficial, los aranceles vigentes continúan aplicándose para la mayoría de importadores, y los exportadores guatemaltecos deben prepararse para operar bajo este marco incierto.
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