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Publican reglamento del subsidio a la gasolina en Guatemala 2026

Publican reglamento del subsidio a la gasolina en Guatemala 2026

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Publican reglamento del subsidio a la gasolina en Guatemala 2026

Este lunes 27 de abril, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 64-2026, que contiene el Reglamento de la Ley de apoyo de emergencia para los consumidores de diésel y gasolinas.

Esta normativa regula las medidas de aplicación del beneficio temporal, incluyendo el proceso por medio del cual llegará a los consumidores finales, los requisitos que deben cumplir los importadores de diésel y gasolinas, la verificación y supervisión que realizarán las autoridades, entre otras disposiciones.

Página 1 del reglamento del subsidio a la gasolina

¿Cuánto durará el subsidio?

El reglamento entró en vigencia este 27 de abril, y el subsidio a la gasolina estará vigente desde el próximo 1 de mayo de 2026.

Estará vigente por un plazo de 3 meses, es decir, del 1 de mayo al 31 de julio, o hasta que se agote el presupuesto aprobado para su financiamiento.

Proceso para que el subsidio llegue a los consumidores

El apoyo temporal a la gasolina llegará a los consumidores finales por medio de la cadena de distribución y comercialización.

Solo los importadores de diésel y gasolina súper y regular que se encuentren registrados como importadores ante la Dirección General de Hidrocarburos del MEM podrán optar al subsidio.

La disminución tendrá que reflejarse en el precio de venta desde las instalaciones de terminales de almacenamiento de combustibles autorizadas por el MEM.

Los importadores deberán despachar de sus instalaciones de almacenamiento el producto facturado con la disminución temporal, asegurándose de esta forma que el descuento sea trasladado al consumidor final.

Casos en los que no se aplicará el subsidio

El reglamento aclara el motivo por el cual, una vez haya entrado en vigencia, los consumidores no verían reflejado el descuento en su factura.

Este caso en específico sucederá cuando las estaciones de servicio o expendio de combustible aún cuenten con inventario de diésel y gasolinas adquiridas previo a la entrada en vigencia del apoyo social.

Las gasolineras no estarán obligadas a aplicar el descuento hasta agotar este inventario.

Al contrario, aunque el período de tres meses haya finalizado o el financiamiento del subsidio se haya agotado, si las estaciones de servicio cuentan con inventario existente adquirido con el precio que incluye el subsidio, deberán continuar aplicando el descuento en las facturas de los consumidores.

Verificación

La Dirección General de Hidrocarburos del MEM y la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor final (DIACO) del Ministerio de Economía realizarán las verificaciones, inspecciones y supervisiones en estaciones de servicio y terminales de almacenamiento para determinar que el apoyo temporal llegue al consumidor final.

Entre las acciones que podrá tomar el equipo de verificación está la solicitud de facturas de compra y venta de diésel y gasolinas, y la imposición de multas por parte de la DIACO.

Para leer el Acuerdo Gubernativo 64-2026 completo puedes ingresar a este enlace.

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