
Ley antilavado de Guatemala: aprobada en junio de 2026
El Congreso aprobó la ley contra el lavado de dinero el 2 de junio de 2026, con 147 votos a favor. El presidente Bernardo Arévalo la sancionó el 17 de junio de 2026 mediante el Decreto 15-2026. La ley entró en vigor tres meses después de su publicación, alrededor del 17 de septiembre de 2026. Todavía falta el reglamento que debe elaborar la Superintendencia de Bancos (SIB).
Actualizado: octubre 2026. La versión de diciembre de 2025 decía que la iniciativa seguía detenida en el Congreso. Ese dato ya no es vigente. El título y el texto de esta nota reflejan la situación al 14 de octubre de 2026. El slug de la URL no cambió para mantener la misma dirección.
| Fecha | Hito | Fuente |
|---|---|---|
| 28 de julio de 2025 | Presentación de la iniciativa | Prensa Libre, 2 de junio de 2026 |
| 2 de septiembre de 2025 | La iniciativa llega al pleno y se envía a las comisiones de Economía y Finanzas | Prensa Libre, 2 de junio de 2026 |
| 24 de febrero de 2026 | La Comisión de Economía emite dictamen favorable | Prensa Libre, 24 de febrero de 2026 |
| 2 de junio de 2026 | Aprobación final con 147 votos (Decreto 15-2026) | Prensa Libre, 2 de junio de 2026 |
| 17 de junio de 2026 | Sanción y publicación en el Diario de Centro América | Prensa Libre, 17 de junio de 2026 |
| Alrededor del 17 de septiembre de 2026 | Entrada en vigor, tres meses después de la publicación | Prensa Libre, 17 de septiembre de 2026 |
¿Qué pasó entre diciembre de 2025 y junio de 2026?
En diciembre de 2025, la iniciativa seguía en comisión. Según Prensa Libre, el proyecto pasó nueve meses entre la llegada al pleno y la aprobación final. Durante ese tiempo, bancos, empresarios y el Gobierno pidieron aprobarla por la presión de organismos internacionales.
En marzo de 2026, diputados rompieron el quórum y detuvieron una sesión. En abril, la ley pasó el tercer debate, pero la aprobación final se retrasó varias semanas. El 2 de junio, el Congreso la aprobó por títulos. El título I obtuvo 135 votos. El título II, 132 votos.
¿Qué cambió en el texto?
Antes de la votación final, los diputados acordaron 15 enmiendas. Algunas recogieron observaciones de la SIB y de la Intendencia de Verificación Especial (IVE). El texto definitivo tiene tres títulos y un régimen administrativo preventivo para los sujetos obligados.
La ley también tipifica delitos y establece sanciones. Según el artículo 1 del decreto, se declara de interés público y busca prevenir y reprimir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
¿Qué dice la ley sobre el efectivo y la economía informal?
El decreto aclara que no busca atacar ni reprimir la economía informal. Tampoco criminaliza el uso de dinero en efectivo. Según el texto, la ley no tiene objetivos tributarios.
Esa aclaración responde a las dudas de comerciantes y de sectores informales durante el debate.
¿Qué falta para que la ley funcione?
El reglamento. La SIB, por medio de la IVE, debe elaborar el reglamento en un plazo máximo de seis meses después de la entrada en vigor. Luego lo somete al presidente para su aprobación, sanción y publicación.
En julio de 2026, Prensa Libre informó que la SIB socializaba el reglamento antes de la entrada en vigor. En septiembre, el reglamento seguía pendiente. Los bancos y las sociedades deben conocer sus nuevas obligaciones antes de que se apliquen.
| Plazo | Qué debe ocurrir |
|---|---|
| Tres meses desde la publicación | Entrada en vigor de la ley (alrededor del 17 de septiembre de 2026) |
| Hasta seis meses desde la entrada en vigor | La SIB, por medio de la IVE, elabora el reglamento |
| Después del reglamento | El presidente lo aprueba, sanciona y publica |
¿Por qué urgía la aprobación?
La presión tenía dos fuentes. La primera fue el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), que evaluará a Guatemala y espera una legislación acorde con los estándares internacionales. Según sectores empresariales citados por Prensa Libre, sin una nueva ley el país corría riesgo de entrar en una lista gris de vigilancia financiera.
La segunda fue la petición de los bancos, que pidieron aprobar la ley antes del receso del Congreso de mayo de 2026.
¿Qué no debe esperar el lector de esta ley?
La ley no es una norma tributaria. Tampoco prohíbe el efectivo. Su objetivo es que las entidades reporten operaciones inusuales y que las autoridades puedan rastrear fondos de origen ilícito.
Un cambio de ley no reduce el lavado de dinero por sí solo. Su efecto depende del reglamento, de la supervisión de la SIB y de los casos que el Ministerio Público investigue.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el número de la ley antilavado aprobada?
Es el Decreto 15-2026 del Congreso de la República. Se llama Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
¿Cuándo entró en vigor?
Tres meses después de su publicación del 17 de junio de 2026. Prensa Libre la reportó vigente en septiembre de 2026, con el reglamento pendiente.
¿Puedo seguir usando efectivo?
Sí. El decreto dice que no criminaliza el uso de dinero en efectivo ni la economía informal. Las obligaciones recaen sobre sujetos obligados, como bancos y otras entidades.
¿Quién hace el reglamento?
La Superintendencia de Bancos, por medio de la Intendencia de Verificación Especial, en un plazo máximo de seis meses después de la entrada en vigor.
Notas relacionadas
Fuentes consultadas
- Prensa Libre, "Congreso finalmente aprueba ley antilavado para evitar que Guatemala reciba amonestaciones financieras", 2 de junio de 2026. Consulta: 14 de octubre de 2026. Dato: votación final de 147 votos, decreto 15-2026, votos por título, fechas de presentación y de llegada al pleno, enmiendas.
- Prensa Libre, "Bernardo Arévalo sanciona ley integral contra el lavado de dinero en Guatemala", 17 de junio de 2026. Consulta: 14 de octubre de 2026. Dato: publicación en el Diario de Centro América, entrada en vigor a los tres meses, plazo de seis meses para el reglamento, objetivos del decreto.
- Prensa Libre, "Lavado de dinero en Guatemala supera los Q10 mil millones y entra en vigor nueva ley antilavado, pendiente del reglamento", 17 de septiembre de 2026. Consulta: 14 de octubre de 2026. Dato: entrada en vigor y estado del reglamento.
- Prensa Libre, "Comisión de Economía emite dictamen favorable a ley contra lavado de dinero", 24 de febrero de 2026. Consulta: 14 de octubre de 2026. Dato: fecha del dictamen (título de la nota).
- Prensa Libre, "Diputados aprueban en tercer debate la ley contra el lavado de dinero", 14 de abril de 2026, y "Diputados abandonan la sesión y detienen la aprobación", 17 de marzo de 2026. Consulta: 14 de octubre de 2026. Dato: sucesión de debates (título de la nota).
- Congreso de la República y Diario de Centro América: no fue posible abrir el decreto oficial desde esta revisión; el portal del Congreso respondió con bloqueo automático. Los datos del decreto provienen de la cobertura citada.
Nota informativa. Esta nota resume la ley con fines informativos. Para obligaciones concretas, consulta el texto publicado en el Diario de Centro América y el reglamento de la SIB cuando se publique.
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