
Empornac rechaza fallo judicial que ordena embargos y arraigos por Q206 millones
¿Qué resolvió el Juzgado Tercero de Instancia Penal contra Empornac?
El Juzgado Tercero de Instancia Penal, a cargo del juez Julio César Vásquez Xol, admitió una querella penal presentada por Luis Pedro Chang Figueroa, representante legal de la empresa Equipos del Puerto, S. A., en contra de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla (Empornac) y nueve integrantes de su Junta Directiva.
La querella surge de una disputa contractual que se remonta a 1998. Según el demandante, durante el período comprendido entre el 3 de junio de 2004 y el 26 de noviembre de 2008, Empornac dejó de pagar servicios contratados, lo que habría generado una deuda de Q206 millones 645 mil 423.79.
Tras un extenso litigio civil que incluyó juicio ejecutivo, apelaciones y acciones de amparo, la Sala Mixta de Apelaciones de Izabal dictó sentencia firme el 8 de mayo de 2023, ordenando a Empornac el pago de dicha suma.

¿Qué medidas cautelares decretó el juez?
La resolución judicial impuso tres medidas cautelares de inmediato:
- Embargo de cuentas bancarias — monetarias, de ahorro y a plazo fijo, en quetzales y dólares, de nueve integrantes de la Junta Directiva de Empornac, incluyendo al presidente y al gerente general. Los bancos deben informar sobre la medida en un plazo de tres días.
- Arraigo y prohibición de salir del país — para las mismas nueve personas. El Instituto Guatemalteco de Migración debe informar en un plazo de cinco días.
- Inmovilización del renglón presupuestario "991 Créditos de Reserva" — por el monto contenido en esa partida.
La resolución fue notificada a los personeros de Empornac el 22 de mayo de 2026, con un plazo de 24 horas para dar cumplimiento.
¿Qué dice José de la Peña sobre el fallo?
El presidente de la Junta Directiva de Empornac, José de la Peña, rechazó categóricamente la resolución. En declaraciones a medios, calificó el fallo de "ilegal y parcializado", señalando que fue dictado sin el debido proceso penal y omitiendo la intervención previa del Ministerio Público.
El fallo del Juzgado Tercero de Instancia Penal es ilegal y parcializado, dictado sin el debido proceso penal, al omitir la intervención previa del Ministerio Público. 23 de mayo de 2026
— República GT (@republicagt)
De la Peña argumentó que el contrato con Equipos del Puerto inició en 1998 y expiró en 2004, por lo que asegura que no existe deuda pendiente debido a la inexistencia de un contrato posterior.
"Termina su contrato y luego, como no pudo, pues se aferran a continuar prestando un servicio. Él —Chang— desde el 2004 al 2008 no tuvo ningún contrato con la Empresa Portuaria Santo Tomás de Castilla."
Sobre el monto reclamado, De la Peña indicó que el juicio económico coactivo no ha prosperado y que existen acciones civiles pendientes interpuestas por Empornac.
¿Por qué consideran ilegal la resolución?
El presidente de Empornac destacó la velocidad con la que el juzgado actuó:
"En menos de tres días el Juez dictó un auto admitiéndola y decretando medidas precautorias, sin dar audiencia previa al Ministerio Público y sin que el MP hubiera solicitado dichas medidas tras investigaciones preliminares."
De la Peña también señaló que la acción penal es personalísima y que los miembros de la Junta Directiva no tienen relación directa con Chang Figueroa:
"Recordemos que la acción penal es personalísima, es decir, cada uno de los miembros que estamos dentro de esa querella penal no tenemos ninguna relación ni conocimiento con este señor, como para que él nos ponga una querella y tengamos que responder frente a él."
¿Qué sigue para Empornac?
La entidad portuaria ya inició los trámites para interponer acciones penales contra la medida decretada por el Juzgado Tercero de Instancia Penal. El objetivo es revertir tanto el embargo de cuentas como el arraigo de los directivos.
De la Peña enfatizó que el monto reclamado representa aproximadamente una cuarta parte del presupuesto total de Empornac, dinero que pertenece a una empresa estatal y, por ende, a todos los guatemaltecos.
"Es impresionante que una persona como Luis Pedro Chang Figueroa, y sumado también a algunos jueces y otros actores que están ahí participando, pretendan, de una forma no legítima, tomar control de esa cantidad de dinero. Es decir, es dinero que pertenece a una empresa que es del Estado, de todos los guatemaltecos. Cuando no tienen ni un solo derecho para reclamar, ni contrato vigente ni pendiente."
¿Qué implica esta disputa para el puerto?
Empornac es uno de los principales puertos de Guatemala y un nodo estratégico para el comercio exterior centroamericano. Una crisis judicial que afecte sus finanzas o la estabilidad de su dirección podría tener repercusiones en la cadena logística, los inversionistas y los operadores internacionales.
La disputa contractual, que ya lleva más de dos décadas, ahora escaló a la esfera penal con medidas cautelares contra la cúpula directiva. La resolución final dependerá de cómo evolucionen las acciones legales que Empornac interponga en los próximos días.
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